Contratación en Osasunbidea: la perversión de la norma
El BON publicó pasado mes de abril la nueva Orden Foral 347E/2017 que aprobaba las nuevas condiciones para la contratación del personal temporal del SNS-O.
Javier Pérez Balaguer, Miren Goñi Díez, Beatriz Rubio. Delegados/as ELA-Osasunbidea.
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Tras casi un año de negociaciones con la Administración, ELA firmó dicho acuerdo con el convencimiento de que era una buena herramienta, puesto que mejoraba aspectos que habían sido una reivindicación histórica, y acotaba el amiguismo con el que habitualmente se actuaba.
Escasos meses después, observamos con indignación cómo el antiguo régimen sigue estando presente en la toma de decisiones, contraviniendo sistemáticamente el acuerdo (firmado también por la dirección de Osasunbidea, no lo olvidemos) en puntos importantes:
-Contrataciones excepcionales irregulares (ej. cocinas CHN). Desde el principio, ELA entendía la necesidad de que personal con conocimientos de cocina en frío y capacidad de organización fuera contratado, ya que además el acuerdo así lo contemplaba. Además, la publificación de las cocinas hospitalarias tenía que salir adelante. No obstante, ELA denunció desde el principio la actitud oscurantista por parte de la dirección del Complejo Hospitalario, con listas secretas y contrataciones con salto de lista en condiciones que se incumplen la legalidad recién consensuada. Y todo ello, además, sin comunicar dichas listas y contrataciones excepcionales a la comisión de personal, punto expresamente recogido en el punto 6 del artículo 2 de la nueva orden foral. Osasunbidea se salta sus propias leyes: la perversión de la norma.
-Contrataciones perfiladas ‘ad hoc’: El acuerdo pretendía eliminar que algunos “conocedores” contrataran “conocidos”, implantando perfiles para casos especiales, y cumpliendo unos requisitos específicos no nominales, y todo ello pasando por la comisión de personal. Sin embargo, al contratar retuercen la ley y la exprimen para conseguir que los perfiles se adapten a las personas, y no las personas a los perfiles logrando nuevamente… la perversión de la norma.
-Poca o nula información a la comisión de personal, contraviniendo de nuevo el acuerdo con actitudes opacas y con expresa ocultación de datos. Por ejemplo, ELA pidió al director del Complejo Hospitalario la lista de personas encargadas de seleccionar a las personas contratadas excepcionalmente y, también, la propia lista de dichas personas contratadas, algo a lo que el director se negó tajante y reiteradamente. Inexplicable… Fue sólo un acto de soberbia, o ¿había algo que no debía salir a la luz? Juzguen ustedes.
ELA enmarca todo esto en un escenario de guerra abierta entre direcciones que pretenden seguir perpetuando los reinos de taifas a los que están acostumbrados. Unos demostrando las pocas ganas que tienen de abandonar las actitudes del pasado, y otros se muestran incapaces de atajar esta situación, convirtiendo el acuerdo firmado en papel mojado. Mientras tanto, el consejero de Salud, que debiera ser el capitán de este barco, o no se entera o no se informa, pero parece sólo el mascarón de proa de un barco a la deriva… Estático y de adorno.
Si no son capaces de reconducir esta situación, no queremos avalar con nuestra firma el incumplimiento sistemático de dicho acuerdo.
Los supuestos garantes de la ley, los que nos exigen a todos el cumplimiento de la misma, son los que se la saltan continuamente, la retuercen, la exprimen, y la pervierten sin sonrojo. Pero esto no es punible, no tiene réditos… Sólo es… La perversión de la norma, perversión al fin y al cabo.