La Audiencia Provincial ordena identificar al policía que disparó contra Aingeru Zudaire

El auto constata que las heridas que sufrió fueron provocadas por el impacto de una pelota de goma lanzada por la Policía Nacional. Entiende que esta agresión es constitutiva de delito y, por lo tanto, insta a seguir con las diligencias para identificar al agente que disparó. Hoy sábado (17.00), una cadena humana en Atarrabia pedirá justicia para Aingeru Zudaire y todas las víctimas de pelotas de goma.

2015-ko abenduak 11

La sección primera de la Audiencia de Navarra ha estimado el recurso presentado por Aingeru Zudaire en contra del archivo de las diligencias abiertas por el pelotazo de goma que recibió en un ojo en una huelga general hace tres años, y ha ordenado que continúe la investigación para identificar al policía autor del disparo.

Los hechos ocurrieron sobre las 13:15 horas del 26 de septiembre de 2012, en el transcurso de unos incidentes al término de una manifestación con motivo de una huelga general contra los recortes del Gobierno central.

Según la denuncia de Zudaire, a pesar de que él no tomaba parte en esos incidentes, recibió un impacto en el ojo derecho por la pelota disparada por un agente que incumplió el protocolo, ya que se encontraba a un distancia inferior a 30 metros y apuntó a la altura de la cabeza y no por debajo de la cadera.

Sobreseída inicialmente la causa por el juzgado de Instrucción 2 y desestimado el recurso de reforma, este vecino de Atarrabia presentó un recurso en apelación ahora estimado para determinar la autoría del disparo y si existe responsabilidad penal, ya que niega que el policía pueda ampararse en el cumplimiento del deber o en la legítima defensa.

Una demanda que la sala ha admitido al tener en cuenta los partes médicos, la reconstrucción del juez instructor y las declaraciones de los testigos, que no permiten fijar la distancia a la que fue disparada el arma pero que apuntan a unos 14,7 y 15,1 metros, inferiores ambas a la que determina el protocolo citado.

El fallo rechaza que sea razón para el archivo de la causa que el denunciante no pueda identificar al agente que disparó, y al respecto señala que los policías normalmente permanecen cubiertos en estas situaciones y si no fuera posible otro medio de identificación en ningún caso sería posible ésta.

Por último la resolución considera que para determinar si la actuación policial fue “adecuada y proporcionada”, o “negligente” o “dolosa”, hay que determinar “quién y en qué forma se realizó el disparo y cuál fue la actuación del lesionado”.

Gehiago