¿Por qué no existe la renta básica incondicional?
César MANZANOS BILBAO, Doctor en Sociología, Profesor de Política Social en la Facultad de Relaciones Laborales y Trabajo Social de la Universidad del País Vasco.
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Quienes, desde hace ya varias décadas, venimos defendiendo un Sistema de Garantía de Ingresos mínimos que haga posible la materialización de los derechos básicos de todas las personas (a la alimentación, vestido, techo y a los gastos imprescindibles para una existencia digna), derechos recogidos tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en la proclamación de derechos en el ámbito europeo y en los ordenamientos constitucionales de la mayoría de los estados, nos preguntamos qué y quiénes hacen inviable la propuesta de una Renta Básica incondicional que haga posible su materialización.
En esta reflexión, damos por supuesto que la viabilidad de las propuestas sobre la aplicación de esta medida no responde ni a cuestiones relacionadas con su financiación, ni con dificultad alguna de gestión administrativa de la misma, tampoco con los presuntos e infundados riesgos de apalancamiento de las clases populares en una subsistencia precaria, prefiriendo vivir de la renta cobrando sin trabajar. Ni siquiera tiene que ver con el manido “rechazo social” a su aplicación que pudiera convertirla en una medida antipopular y, por lo tanto, deslegitimadora de los partidos e instituciones que la implementaran.
Estas supuestas dificultades, que se utilizan como coartada para han sido sobradamente investigadas y desmontadas, demostrándose su viabilidad. Se ha trabajado, no solo en los simposios organizados por la Red Renta Básica, incluyendo la XVI edición que se celebra esta semana organizada por la Facultad de Relaciones Laborales y Trabajo Social de la Universidad del País Vasco, sino también por otros agentes sociales, sindicales, políticos e instituciones a lo largo de estos años.
La posible inviabilidad de una RB incondicional, universal e individual responde más a otras cuestiones de calado que, frecuentemente, utilizan argumentos como los anteriores para ocultar otros motivos latentes que impiden su imprescindible e inmediata puesta en marcha como dispositivo para garantizar derechos fundamentales. A continuación vamos a señalar tan solo tres de entre los que consideramos algunos de los principales motivos que la hacen inviable.
En primer lugar el actual modelo de política social. Es un modelo donde el sujeto de las políticas sociales para las diferentes administraciones del estado es el sujeto excluido según los criterios establecidos por las instituciones que gestionan el malestar social. Éstos, son criterios vinculados a las situaciones de pobreza extrema que afectan a hogares que cumplen una serie de características. Pero no están dirigidas a todas las personas que fruto del incumplimiento por parte de la administración de su función de garante de los derechos constitucionales a la vida, al trato digno, al trabajo, a la vivienda, etcétera, se ven excluidas del modo de vida de quienes sí los tienen garantizados. Sería necesario cambiar el modelo de política social: el sujeto a quien van dirigidas las políticas sociales habría de ser toda la ciudadanía además de optar por extender los derechos de ciudadanía a todas las personas, por lo tanto, habría de ser universal, es decir, que se garantizara para todas las personas. Pero esto parece, que a quienes mantienen el status quo, no les interesa.
En segundo lugar, sería necesario cambiar el concepto de sujeto de derecho con el que se construyen los diagnósticos y respuestas a las situaciones de pobreza. Esto implicaría cambiar la unidad de observación en los diagnósticos sobre pobreza, así como redefinir el sujeto de derecho que ha de acceder a la RB. El sujeto de derecho habría de ser la persona, no la unidad familiar, convivencial o el hogar.
Los deberes y derechos en nuestro derecho moderno burgués son individuales y sin embargo, no solo, pero especialmente en materia de acceso a derechos sociales, se toma como sujeto de derecho a la familia, la cual, además de ser muy útil para ocultar la pobreza, por ejemplo, de la juventud sin empleo, es una reminiscencia del derecho canónico –una importante fuente de inspiración por otra parte del derecho moderno- y baluarte de la Democracia Cristiana que lleva décadas gobernando en el País Vasco y a la que pertenecen la mayoría de los partidos hegemónicos que gobiernan los estados occidentales. Estos partidos son precisamente los que han defendido modelos de política social de otro signo (redistributivo condicional, de beneficencia, de control de las clases peligrosas, etcétera) y de cuyo cambio de política depende el cambio de sujeto de derecho de la RB.
Por lo tanto, su carácter individual resulta fundamental para dejar de utilizar a los hogares como lugares donde se redistribuye informalmente la renta ante las situaciones de empobrecimiento y desempleo, además de cómo lugares donde informalmente, sobre todo las mujeres, realizan los trabajos domésticos necesarios para la reproducción de la fuerza de trabajo productiva, además de trabajos de cuidado de ascendentes y descendentes, de personas enfermas o con disfuncionalidades y, los realizan gratuitamente y sin ningún reconocimiento ni remuneración.
Efectivamente el sujeto de derecho de las ayudas debería de ser la persona, para evitar la ocultación de la pobreza en el seno de los hogares, encubrimiento que afecta a las mujeres que trabajan sin un salario como esclavas domésticas, o la gran mayoría de la juventud que vive en su familia de origen sin posibilidades de emancipación, por no referirnos al espectacular incremento de situaciones de personas y familias que en los últimos años iniciaron su proceso de emancipación y, se han visto obligadas a regresar a su familia de origen para poder subsistir, muchas de ellas migrantes procedentes de otros países que han visto quebrado su proyecto migratorio. Estas situaciones, creadas por el incremento del desempleo y la precarización del mismo, son resultado de una estrategia empresarial y financiera exitosa que inventó una crisis para conseguir reducir costos de producción y revitalizar sus beneficios mediante la reducción salarial y la temporalidad, amparadas y subsidiadas por las políticas de recortes llevadas a cabo por la administración entre otras en materia laboral y de seguridad social. Sus protagonistas han sido, y son, quienes no aceptan, ni por asomo, que el derecho a una renta básica sea individual.
En tercer lugar, habría de cambiar el discurso mediático dominante para crear una opinión pública favorable a estas medidas tal y como se hace con otras cuestiones. Sería necesario una campaña favorable a estas medidas por parte de las empresas mediáticas, cuestión ésta del todo inviable, puesto que viven de generar malestar social, de culpabilizar a las personas de las lamentables situaciones económicas que padecen y que responden a los intereses de las facciones de clase que sustentan a los partidos hegemónicos que defienden un tipo de populismo que como todos se crea.
Estas empresas o fábricas de opinión, sean privadas o públicas bajo el control de la administración, tienen como objetivo último, no nos olvidemos, la obtención de beneficios mediante la publicidad y la banalización, produciendo ideas en el gran público tales como que existe una juventud vaga y viciosa, que se abusa de las ayudas, que las cobran los de fuera y demás mensajes demagógicos e infundados, por no referirnos a cuestiones tales como la reproducción de la imagen y rol de la mujer como cuidadora que supone una auténtica contribución a la ablación identitaria de las mujeres.
Existen otras razones por las cuales hoy no tenemos una RB incondicional, pero lo que hemos querido aportar con estas reflexiones, es la necesidad de subrayar y ampliar el debate a diversas cuestiones para reforzar la argumentación y el trabajo destinado a hacer que un día sea posible no solo una RB incondicional, universal e individual, sino una sociedad inclusiva y más decente, una sociedad mínimamente coherente con aquellos principios tan loables por los que dice regirse.