Las mutuas empresariales al galope
Las mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, asociaciones privadas de empresarios/as, apuestan por el desmantelamiento del sistema público de salud y por completar su control absoluto de las bajas laborales por enfermedad común y accidente no laboral.
Iñaki Moreno, Mikel Díez de Ulzurrun. Plataforma Navarra de Salud
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La Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) ha presentado el informe del absentismo laboral derivado de la incapacidad temporal por contingencias comunes (ITCC) fechado en junio 2022 y referido al ejercicio 2021 y avance del primer cuatrimestre de 2022.
El Informe aporta datos sobre el supuesto aumento de las bajas laborales de origen común en el periodo estudiado, se alarma con el supuesto incremento del coste por este concepto para empresas y Seguridad Social y tras asignar el origen del mismo a la mala gestión de la prestación de la ITCC al Sistema Público de Salud y a la propia Seguridad Social reclama el aumento de sus competencias en la materia.
Si bien citan una única vez, al inicio de las146 páginas del estudio la fase expansiva del ciclo económico, y la pandemia COVID19 como factores explicativos de la evolución de los índices de las cifras de las bajas laborales en el periodo estudiado, que hace que los datos no sean comparables, tras una muy discutible ingeniería contable de cifras, merecedora de otro artículo, apuntan sus baterías contra el Sistema Público de Salud (SPS), la mala gestión de la prestación por la propia Seguridad Social y a supuestas prácticas fraudulentas, que no demuestran, de trabajadoras/es en el disfrute de este derecho. Apelan en favor de la necesidad de ahorro para salvar el Sistema de Seguridad Social, las empresas, el empleo y hasta la buena marcha de la economía.
Sus propuestas de solución, que denominan de calado y entienden de urgente aplicación las hemos agrupado en 7 puntos según sus consecuencias:
1. Debilitamiento de la Seguridad Social
Sustitución de facto de la Seguridad Social por las mutuas en la gestión de la ITCC, entidades que no olvidemos son asociaciones privadas de empresarios y empresarias.
Sustitución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por las mutuas en el control de las bajas de más de 365 días.
Exclusividad de las mutuas a la hora de determinar el tipo de contingencia, profesional o común, de los daños de las/os trabajadores anulando la actual competencia de Seguridad Social.
2. Doble sistema sanitario para la población trabajadora.
Constitución de un doble sistema sanitario: El sistema mutual privado financiado con las cotizaciones a la Seguridad Social para reparar con prontitud a las/os trabajadores para que se reincorporen a la actividad laboral, con tratamientos de choque y sin derechos y el sistema público, descapitalizado, para atender al resto de la población. El primero centralizado estatalmente y desestructurado en 18 mutuas y el segundo transferido a las CCAA.
Como opción B plantean atender al menos los procesos osteomusculares o traumatológicos de las/los trabajadores, sean comunes o laborales dejando la asistencia del resto de patologías para el sistema público como se da en la actualidad.
3. Intromisión y empoderamiento de las mutuas frente a los Servicios Públicos de Salud
Control de las mutuas sobre las actividades de las/os médicos de atención primaria en materia de bajas laborales.
Incremento de la capacidad empresarial en las decisiones de gestión de la salud de las/os trabajares creando un tribunal médico compuesto por médicos de las mutuas y de la Inspección del SPS.
La actual prestación de baja médica dictada por un profesional independiente del SPS como es la ITCC prescrita según criterios clínicos se convertiría en una prestación a negociar con la representación empresarial encarnada en las mutuas.
4. Privatización de la asistencia sanitaria
Libertad de las mutuas para usos de centros sanitarios privados concertados para la atención sanitaria de las/os trabajadores. Es decir, uso de las cotizaciones sociales en favor del sistema sanitario privado y con seguridad en espera de la reclamación a los Gobiernos autonómicos del pago de la atención sanitaria común que solicitan prestar.
5. Restricción de la prestación de ITCC y eliminación de derechos y garantías
Disminución de criterios actuales de duración de las bajas
Desaparición de la Inspección Médica del SPS y del propio Sistema sanitario público en la gestión y control de las bajas comunes.
Eliminación de los mecanismos actuales de supervisión de las prácticas mutuales por parte de Inspección Médica del sistema sanitario público.
Impedir el recurso de las/los trabajadores a las decisiones de las mutuas ante el SPS y el INSS previamente a apelar al juzgado de lo social.
Imposición de Alta ejecutiva cuando el trabajador/a se niegue a adelantar pruebas clínicas o tratamientos propuestos por mutua
Imposibilidad de emisión de baja médica por el Servicio Público de Salud ante altas emitidas por mutua en contingencias profesionales, fuente frecuente de conflicto entre el profesional de Atención Primaria y la mutua.
Interconexión de la historia clínica informatizada de la población trabajadora con las mutuas para “conocer los antecedentes médicos” dicen que, al objeto de evitar repetición de pruebas. Conociendo las prácticas mutuales, en realidad su fin es el de buscar siempre cualquier excusa para negar el origen laboral de los daños.
Disminución de cuantías de la prestación económica con apuesta por la anulación de cláusulas de convenios para cobertura de los primeros días sin prestación u otros complementos. Se cita expresamente a los empleados/as de las administraciones públicas a estos efectos.
6. Ahorro empresarial
Establecimiento de un sistema de bonificación a las empresas que tengan menos bajas médicas. Cuantas menos personas enfermas haya en la empresa la cotización será menor. Invitación en definitiva a la no concesión de bajas. Las empresas ya han aplicado, en colaboración con las mutuas, este mecanismo fraudulento ante ocurrencia de accidentes de trabajo.
7. Prevención de riesgos, pero en su justa medida
Elaboración de protocolos de reincorporación al trabajo. No citan el papel que debiera jugar al respecto el actualmente cuestionable, sistema de prevención (Servicios de Prevención Ajenos mayormente) encargado de la vigilancia de la salud en el trabajo.
Por último, reclaman un mayor papel preventivo para las mutuas en las empresas. Lo proponen a pesar del abandono de la prevención en sus más de 100 años de historia más allá del reparto de botiquines en las empresas a modo de gancho comercial.
Todo lo anterior y algunas propuestas más, lo sustentan en la muy cuestionable comparación de datos de ITCC del año 2021 con el 2020 y del primer cuatrimestre de 2022 respecto al mismo periodo de 2021.
Es de agradecer la explicitación por parte de las mutuas de unas demandas sobre cuyos peligros hemos venido advirtiendo durante años desde organizaciones comprometidas con la defensa del sistema público de salud y los derechos de las y los trabajadores. Hemos denunciado la falta de derechos en la atención sanitaria que recibe la población trabajadora en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional y hemos advertido sobre el riesgo que supone este sistema privado para el sistema sanitario público. Pero a fin de cuentas expresan las posiciones y defienden los intereses del beneficio empresarial y de la sanidad privada frente a los intereses de salud de las y los trabajadores.
Lo que no terminamos de entender es el papel de los gobiernos, incluidos los que se autodenominan de izquierdas, en el enlosado del camino dictado por las mutuas incrementando sus competencias desde los años 90, mirando hacia otro lado ante la conculcación del derecho a la salud de las/os trabajadores, contemporizando ante sus numerosas prácticas de corrupción detectadas por el Tribunal de Cuentas, y a la postre poniendo en grave riesgo al sistema público de salud.
También es de difícil asimilación el silencio sindical ante esta crónica situación más allá de ocupar a sus servicios jurídicos en la defensa individual de cada uno de los numerosos casos de mala práctica mutual.
Al dictado empresarial el actual debilitamiento del sistema público de salud da pie a los gestores de las mutuas a espolear al galope el caballo de Troya mutual contra el servicio público.
La alternativa existe. La Ley General de Sanidad prevé en su disposición final tercera la posible integración de los recursos de las mutuas, en realidad de la Seguridad Social, en el sistema nacional de salud. En tanto en cuanto las mutuas se financian con cotizaciones sociales deben ser publificadas e incluidas en el sistema público de salud. Y una vez dentro de él, tras el oportuno debate socio profesional, habrá que formalizar criterios de atención preferente en el sistema público por distintos motivos, incluidos los laborales, como ya hoy se hace de manera no reglada.