EL CASO ALSASUA. UN CASO DE DEVALUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
El próximo 18 de septiembre será la revisión del “caso Alsasua” en el Tribunal Supremo. Por ello, el pasado viernes 13 de septiembre acompañé a Bel Pozueta y Amaia Amilibia, madres de Adur Ramírez de Alda y Jon Ander Cob, y a Aritza Leoz, de la plataforma Altsasukoak Aske, para hablar de este caso ante la mesa de trabajo de la Comisión de relaciones ciudadanas a petición de los partidos políticos: Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e I-E.
Paz Francés Lecumberri, Profesora de Derecho Penal de la UPNA.
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Ya antes me había pronunciado sobre este caso mostrando mi preocupación por algunas cuestiones tales como: la desproporción de las penas, la excepcionalidad del tribunal juzgador, la vulneración del derecho a un juicio justo, la amplitud de los delitos de terrorismo, la aplicación de la denominada agravante ideológica y el uso mediático del caso, entre otras.
A pocos días de la vista, lo que quise trasladar en el Parlamento de Navarra es que lejos de lo que pretende hacerse pasar por un caso en el que hay simples discrepancias jurídicas, nos encontramos ante un caso de flagrante devaluación de los derechos humanos, por lo que es necesario que desde las instituciones se preocupen y sobretodo se ocupen.
Todas las personas tenemos los mismos derechos humanos sin discriminación alguna porque la noción de derechos humanos se corresponde con la afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado. Por eso, en la protección de los derechos humanos está necesariamente comprendida la restricción al ejercicio del poder estatal, y en particular la restricción del ius puniendi, el derecho a castigar del Estado y el máximo poder de este. Esto supone que el ejercicio del poder debe sujetarse a ciertas reglas, las cuales deben comprender mecanismos para la protección y garantía de los derechos humanos, porque el poder queda sujeto a su respeto. Esto es, ni más ni menos, lo que configura el Estado de Derecho. Y esto no puede ser mero papel mojado sino que debe materializarse en cada caso. En Alsasua lo que ha sucedido sin ningún género de duda es una devaluación de los derechos humanos de estos jóvenes.
La deriva punitivista de España y la consolidación de tendencias de Derecho penal del enemigo en este país son un hecho y el caso de Alsasua es el resultado, entre otras cosas, de la excepcionalidad y de esta línea de corte autoritaria que choca continuamente con el respeto a los derechos humanos. Una excepcionalidad que ha dado como resultado la vulneración sistemática de derechos humanos, relacionados con los límites al ejercicio del ius puniendi del Estado: derecho a una pena justa, derecho a un tribunal independiente e imparcial, a no sufrir una detención arbitraria y el derecho a la privacidad, honra y reputación, entre los más destacados.
Sin saber qué va a suceder con el recurso, la comparecencia en el Parlamento fue una interpelación a la máxima institución Navarra a que de la importancia que se merece a este excepcionalísimo caso. Una interpelación a que pongan en el centro las vidas de todas las personas que se han visto involucradas en todos los hechos que se han sucedidos desde la noche del 15 de octubre de 2016. Una invitación a que se alejen de los discursos binarios que no aportan nada en el respeto de los derechos humanos de todas las personas, no aportan nada en la reparación y el reconocimiento de las víctimas (ninguna de ellas) y tampoco en la pacificación social, que por ser tan frágil hay que estar cuidándola, siempre, y el espacio para ello no es el proceso penal.
Este compromiso de ninguna manera es una renuncia al respecto de las sentencias judiciales o a las personas que han sufrido con los hechos. Al contrario, se trata de atender este caso en toda su complejidad, en todas sus dimensiones, pero también en aras de los derechos humanos de todas las personas. De lo contrario, se cumplirá lo que escribiese Jorge González Moore, la indiferencia será el apoyo silencioso a favor de la injusticia. Y sobro esto, desgraciadamente, tenemos mucha historia.