Derechos humanos y corridas de toros
Anna Mulà Arribas, Abogada y coordinadora de Infancia Sin Violencia
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Uno de los fenómenos a los que es necesario prestar particular atención es el referente a la violencia que se genera en las corridas de toros y su incidencia negativa en el bienestar de los niños, niñas y adolescentes, ya que además de los toros y los caballos, la violencia de la tauromaquia tiene otras víctimas, que son los menores de edad.
Existen numerosos estudios de psicólogos, criminólogos, sociólogos y expertos en neuroimagen que constatan que la exposición a la violencia en la infancia y la adolescencia puede contribuir a normalizar la violencia y a fomentar actitudes de aceptación de la agresión. Por este motivo, la asistencia a estos espectáculos contradice y vulnera la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.
El próximo 22 de enero de 2020, se celebrará en el Parlamento de Navarra una sesión de trabajo en la que se abordará este tema de la asistencia de menores de edad en corridas de toros. En dicha sesión, organizada por la Comisión de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior , intervendrá una representación de Iruñea Antitaurina y yo misma, como coordinadora de “Infancia sin Violencia”, con el objeto de reconducir el atropello de los derechos de los menores de edad reconocidos en la legislación internacional y nacional, particularmente cuando asisten a corridas de toros.
En esta misma fecha, pero del año 2018, se celebró en la sede del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas (Ginebra, Suiza), la sesión 77º del Comité con la delegación del Gobierno de España, durante la cual se mantuvo un diálogo muy largo e intenso sobre este tema que presencié personalmente junto a entidades de protección de la infancia de carácter internacional y estatal, tales como UNICEF, así como los miembros del Consejo General del Poder Judicial, de la Fiscalía General del Estado y de los distintos Ministerios. La respuesta del Estado no convenció y el 8 de febrero de 2018, el Comité emitió el informe de las Observaciones finales sobre los informes Periódicos Cinco y Seis combinados de España, CRC/C/ESP/CO/5-6, [1] instando a proteger a los niños, niñas y adolescentes de todas las formas de violencia, incluida la violencia de la tauromaquia, tomando como base y sustento primordial la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.
Dicha instancia es de obligado cumplimiento para las administraciones públicas competentes y, por tanto, para asegurar el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño, es necesario que se promuevan las reformas legales para elevar la edad de asistencia a las corridas de toros a 18 años sin excepción.
De lo anterior se desprende que las corridas de toros son una de las manifestaciones violentas cuya exposición debe evitarse a los niños y que tal impedimento no supone una vulneración del derecho al acceso a la cultura, puesto que el “interés superior del niño” a no ser expuesto a la violencia prima sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir o entrar en conflicto, como el derecho a participar libremente en la vida cultural.
Afortunadamente, proteger a los niños de la violencia de la tauromaquia es un problema sencillo y rápido de solucionar con medidas que están a nuestro alcance. Esperemos pues que nuestros representantes en las instituciones políticas adopten medidas para promover y reforzar en los niños la gama de valores éticos consagrados en nuestras leyes, entre ellos la educación para la paz y la no violencia, ya que lo que se lleva a cabo hoy por los niños mejora nuestro presente y nuestro futuro.