Revés judicial para la Policía: la banderola pro-presos no es ilegal en los campos de fútbol

El juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Iruñea ha anulado una sanción a un joven por portar una banderola pro-presos en el Sadar y vestir un Arrano Beltza. La Policía estimó que el joven incitaba a la violencia por llevar estos símbolos y se le impuso una multa de 3.000€ y la prohibición de entrar durante 6 meses en recintos deportivos.

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6 de septiembre de 2014 la Policía española multó a un joven por portar una bandera en favor del reagrupamiento de los presos y presas políticas vascas en un partido en el Sadar. Además se le denunció por vestir una camiseta con el Arrano Beltza. La Policía española creyó que el joven estaba infringiendo la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y le impuso una multa de 3.000 euros y la prohibición de entrar en un recinto deportivo durante 6 meses.

La sentencia ahora conocida dicta que el Arrano Beltza no puede considerarse como un símbolo que incite a la violencia, basándose en su significado histórico y subrayando que incluso aparece en emblemas de instituciones públicas, y que además hay una sentencia de la propia Audiencia Nacional española en este mismo sentido y que en la misma Audiencia Provincial de navarra ya se desestimó una denuncia similar en 2014.

Con respecto a la banderola en favor de los presos, la sentencia afirma que no se puede decir que el mapa de Euskal Herria y las flechas sean un símbolo ilegal y que tampoco está prohibido, por lo que “no es admisible”, dice la sentencia, la interpretación de la Policía de que “la exhibición de la pancarta pueda incitar a la violencia” ni que prohibir su entrada en recintos deportivos tenga como objeto “evitar y prevenir incidentes violentos”.

Todo ello lleva al juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Iruñea a anular la sanción impuesta al joven.

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