106.000€ en costas judiciales han tenido que pagar familiares de las víctimas del terrorismo de Estado tras no ser reconocidas
La Fundación Egiari Zor, que reúne a familiares de víctimas de la violencia estatal, ha denunciado que las costas judiciales derivadas del proceso administrativo emprendido en 2014 por 22 familias de víctimas del Batallón Vasco Español y los GAL ascienden 106.000. En el siguiente comunicado denuncian que existe "una voluntad política para generar más perjuicio y más dolor, a víctimas padecieron terrorismo de Estado".
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El Gobierno español denegó en 2014 a familiares de personas asesinadas por el terrorismo de Estado de una parte el reconocimiento oficial de algunas de ellas y de otra la equiparación de las indemnizaciones previstas en el entonces nuevo reglamento de la Ley Integral de Victimas del Terrorismo.
Para ello, se basó en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge que “se podrá reducir o suprimir (…) la indemnización si la víctima o solicitantes participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos”.
Estas personas que fueron víctimas de graves vulneraciones de derechos humanos, como es la vulneración del derecho a la vida, nunca habían sido ni juzgadas ni condenadas por pertenencia a ETA. La decisión del Ministerio del Interior de denegar la equiparación de indemnizaciones se basaba exclusivamente en informes policiales y artículos de prensa.
Ante esta situación, los familiares de las personas asesinadas por la Guerra Sucia, practicada y auspiciada desde el Estado español, entendían que se estaba vulnerando el derecho de sus familiares a la presunción de inocencia, además de que se estaban categorizando graves vulneraciones de derechos humanos en función del origen de la violencia que las produjo.
Es por ello que, los familiares de las víctimas acudieron a las distintas instancias judiciales del Estado español agotando la vía interna, hasta llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con el objetivo de garantizar los derechos que entendían, les correspondían a sus familiares según el artículo 6.2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que señala que “toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada”.
Finalmente, el Tribunal de Estrasburgo, desestima las demandas de estas familias víctimas del terrorismo de Estado.Como cualquier ciudadana que emprende una vía judicial que culmina con desestimación de la demanda presentada, a los gastos del propio proceso (procurador, letrado) se suma la condena en costas.
En total son 23 los procedimientos que llegaron hasta Estrasburgo y por tanto 23 son las condenas en costas.
En el año 2019 empezaron a llegar las primeras condenas y hasta el día de hoy son 22 el numero de condenas en costas que se ha hecho efectivo (la última en el més de Abril, hecha pública estos días y correspondiente a la familia de Jose Ignacio Zabala Artano), por lo que aun falta por hacerse efectiva una.
A día de hoy la cantidad total demandada por la abogacía del Estado en concepto de costas efectivas sobre los 22 casos referidos asciende a algo más de 106.000 euros. Podemos señalar que las condenas en costas por este proceso judicial han oscilado entre los 1.000 y los 19.000 euros, entendiendo 1000 como la de menor cuantía y 19.000 como la mayor.
En un principio las condenas en costas oscilaban entre los 1000y los 3000 euros, pero tras un cambio en la abogacía del Estado para esta cuestión, las cantidades solicitadas en concepto de costas, se vieron incrementadas muy sustancialmente.
Por poner algo de luz sobre este tema, existe un varemo legal para calcular las cantidades a solicitar, estando ajustado a derecho mientras se encuentren dentro del mismo.
Otra cuestión es en función de qué criterios se decide un cambio en la aplicación de ese varemo al alza, con el consiguiente perjuicio a estas familias.
Para Egiari Zor Fundazioa, es evidente la existencia de una voluntad política para generar más perjuicio y más dolor, a víctimas padecieron terrorismo de Estado. Es inevitable preguntarse si el criterio de la abogacía del Estado sería el mismo si el origen de la violencia padecida por los demandantes fuese otro.
Hemos de decir que durante todo este proceso hemos tenido el compañamiento, ayuda y asesoramiento de la Dirección de Víctimas del Gobierno vasco, con quien además hemos mantenido un canal de comunicación directo que agredecemos.